Operación Financiera
Se entiende por operación financiera al reemplazo de uno o más capitales por otro u otros equivalentes en distintos momentos de tiempo, mediante la aplicación de una ley financiera.
Por lo tanto una operación financiera, es un conjunto de flujos de caja (cobros y pagos) de signo opuesto y distintas cuantías que ocurren en el tiempo.
Tomando un ejemplo, cuando una entidad bancaria concede un préstamo a un cliente, supone para este último un cobro inicial (el importe del préstamo) y unos pagos periódicos (las cuotas) durante el tiempo que dure la operación. Por parte del banco, la operación implica un pago inicial único y unos cobros periódicos.
Para realizar una operación financiera se deben cumplir 3 puntos:
1) Según la duración:
2) Según la ley financiera que opera:
2.2) Según el sentido en el que se aplica la ley financiera:
Por lo tanto una operación financiera, es un conjunto de flujos de caja (cobros y pagos) de signo opuesto y distintas cuantías que ocurren en el tiempo.
Tomando un ejemplo, cuando una entidad bancaria concede un préstamo a un cliente, supone para este último un cobro inicial (el importe del préstamo) y unos pagos periódicos (las cuotas) durante el tiempo que dure la operación. Por parte del banco, la operación implica un pago inicial único y unos cobros periódicos.
Para realizar una operación financiera se deben cumplir 3 puntos:
- Sustitución de capitales. Ha de existir un intercambio de uno o varios capitales por otro u otros.
- Equivalencia. Los capitales han de ser equivalentes, es decir, debe resultar de la aplicación de una ley financiera.
- Aplicación de una ley financiera. Debe existir un acuerdo sobre aspectos tales como: la suma inicial del capital, la ley financiera (simple o compuesto) a utilizar y la tasa de interés (costo/ganancia) acordado.
1) Según la duración:
- A corto plazo: la duración de la operación no supera el año.
- A largo plazo: aquellas con una duración superior al año.
2) Según la ley financiera que opera:
2.1) Según la generación de intereses:
- En régimen de simple: los intereses generados en el pasado no se acumulan y, por tanto, no generan, a su vez, intereses en el futuro.
- En régimen de compuesta: los intereses generados en el pasado sí se acumulan al capital de partida y generan, a su vez, intereses en el futuro.
2.2) Según el sentido en el que se aplica la ley financiera:
- De capitalización: sustituye un capital presente por otro capital futuro.
- De actualización o descuento: sustituye un capital futuro por otro capital presente.
- Simples: constan de un solo capital en la prestación y en la contraprestación.
- Complejas (o compuestas): cuando constan de más de un capital en la prestación y/o en la contraprestación.
0 comentarios:
Publicar un comentario